LA MADRE DE MI HIJA TIENE LA CUSTODIA DE MI HIJA, POR LO CUAL TENGO VISITAS REGULARES CON MI HIJA DE 5 AÑOS, LO CUAL NO SON TODOS LOS FINES DE SEMANA YA QUE ELLA SIEMPRE BUSCA UNA ESCUSA PARA EVITAR LA VISITA. LEGALMENTE NO SE CUANTO ME CORRESPONDE DE VACACIONES CON MI HIJA Y HASTA DONDE PUEDO IR CON ELLA. TENGO UNA MUY BUENA RELACIÓN CON MI HIJA, ELLA YA SABE QUE CON LA MAMA ESTAMOS SEPARADOS HACE 2 AÑOS Y YA LO ASUME. ELLA SIEMPRE ME PREGUNTA CUANDO SE VIENE A QUEDAR A MI CASA (CASA DE MIS PADRES), LO CUAL LE CONTESTO QUE NO SE, QUE TENGO QUE HABLARLO CON LA MAMA,. DURANTE UN TIEMPO SE CUMPLIA CON LAS VISITAS REGULARES DE FIN DE SEMANA, PERO AHORA SE ESTA HACIENDO UN CAOS PODER TRATERLA CONMIGO, ESTOY VIENDO EL TEMA DE MEDIACION DE VISITAS. PERO MI CONSULTA ES CUANTO ES POR LEY LO QUE ME CORRESPONDE DE VISITAS, VACACIONES Y FECHAS IMPORTANTES (CUMPLEAÑOS, FIESTAS PATRIAS Y FIESTAS DE FINDE AÑO). DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS.
Respuesta Equipo Jurídico miércoles, 18 de enero de 2012
Hola:
La ley no establece mínimos ni máximos, lo que hace es establecer el derecho de los niños a mantener una relación directa y regular con quien no viven, de manera que mantengan el vínculo y un contacto permanente y regular.
Es común que en las demandas se solicite (además del régimen ordinario, por ejemplo, todos los fines de semana, fin de semana por medio, etc) la regulación en otras fechas. Lo más frecuente es la petición de días de vacaciones, procurando que estas sean de igual duración para ambos padres, aunque sabemos que siempre es quien tiene el cuidado personal quien disfrutará más de ellas con los niñ@s. Sugiero solicitar un mes de vacaciones, 30 días corridos o 15 en cada mes, además, una semana de vacaciones de invierno. También se estila pedir, el día posterior al cumpleaños del niñ@ o unas horas el mismo día, así como respetar las celebraciones de día de la madre y padre, respectivamente.
Respecto a las fiestas de fin de año, sugiero plantear un plan alternado. Por ejemplo: años pares, desde XX hora del 24 de diciembre hasta las XX horas del 25 del mismo mes con la madre, y desde XX del 25 hasta las XX del mismo día con el padre. Año Nuevo: desde las XX horas del 31 de diciembre con el padre y hasta las XX del 1° de enero, y con la madre desde las XX del 1° de enero. Años impares, a la inversa. Nada impide solicitar algunos días en fiestas patrias o algunos feriados, así como intentar relación en algunos días de la semana, durante unas horas a la salida del colegio o incluso de un día para otro. Puedes pedir lo que estimes justo, considerando la edad de tu hija, actividades, tu trabajo, etc. Si la madre no tiene razones para oponerse al régimen y no quiere llegar a un acuerdo, a veces es mejor ir a juicio y plantear todas las peticiones, en esa instancia, nuevamente los llamarán a acuerdo y el juez propondrá las bases del mismo. Por sentencia, es altamente probable que además de los días a la semana que regulen, otorguen fiestas y vacaciones. Siempre mi consejo es solicitar un régimen que permita compartir actividades recreativas, rutinas escolares, etc.
Atenta a tus dudas,
Ana Cuadros M. ABOGADO
|