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No puedo ver a mi hija 
 

Estimados

Les cuento primeramente el inicio de esta dida que tengo.

Tuve una relacion de 3 años 6 meses, de los cuales con mi polola tuvimos una hija, la que a la fecha tiene 5 meses de edad. Nosotros compramos un auto a medias pero esta a nombre de ella, un departamento a nombre de los dos en escritura pero en el banco la deuda esta a mi nombre.

Despues de varios problemas entre nosotros de convivencia y de terceros, decidi separarme de mi polola. Luego de esta separacion ella se volvio a la casa de sus padres y yo me quede en el departamento.

Quedamos con la siguiente mediacion en el 4to juzgado de familia :

En Materia de alimentos:
Don Cristian pagará por concepto de derecho de alimentos durante los meses de Agosto y Septiembre por su hija Laura, la cantidad de $50.000- ( cincuenta mil pesos) pagaderos los días 01 de cada mes con un plazo máximo de 5 días hábiles siguientes.
Se deja constancia que las partes están en pleno conocimiento de que la pensión acordada es inferior a la pensión mínima legal, pero se acordó considerando la situación económica actual del solicitado.
A partir del mes de Octubre de 2010, el monto de la pensión de alimentos será la suma de $70.000 (setenta mil pesos) mensuales.
El pago de la pensión comenzará a efectuarse a contar del mes de AGOSTO de 2010.

La pensión acordada se reajustará semestralmente de conformidad con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Los gastos médicos y en medicamentos que requiera la menor, serán de cargo de ambos padres en partes iguales, respecto del monto que no cubra el reembolso del seguro médico que tiene la madre.

El padre también contribuirá con los gastos de vestuario de la menor.

Todo gasto imprevisto o extraordinario que exceda la pensión acordada en este instrumento, será cubierto por ambos padres por partes iguales .

Las partes de común acuerdo han resuelto que el solicitado depositará en la cuenta de ahorro del Banco Estado, abierta para éste efecto cuya apertura es solicitada en el PRIMER OTROSI de éste escrito.
TERCERO: Respecto a bienes adquiridos en común durante la convivencia las partes quieren dejar constancia que:

- El auto adquirido durante su convivencia a nombre de la solicitada, será pagado en cuotas que serán de cargo exclusivo de la solicitada.
- Respecto del departamento donde vive actualmente el solicitante y que fue adquirido a nombre de ambos, cuyo dividendo ha sido cancelado por ambos, pasará a propiedad exclusiva de don Cristian, para lo cual , la solicitada Valeska, se compromete a realizar todos los trámites necesarios tanto bancarios como legales para que el solicitante quede como su único propietario.
- Respecto a los bienes muebles adquiridos en común, las partes acuerdan que pasarán a propiedad del solicitante, esto en compensación, por las cuotas del auto que él alcanzó a pagar durante la convivencia.
- Respecto a una deuda que el solicitante mantiene con la solicitada equivalente a la suma de $ 200.000, las partes acuerdan que el solicitado la cancelará en cuotas que determinarán de mutuo acuerdo y el solicitado se compromete a que a mas tardar el 31 de Diciembre de 2010 habrá saldado el total de lo adeudado. (Esta deuda ya fue cancelada mediante el pago de cuotas del seguro del auto, el cual estoy pagando yo, ademas de los gasto de las contribuciones)

CUARTO: En Materia de Régimen de Relación Directa y Regular:
Visitas Regulares: El padre visitará a la menor una vez a la semana los días sábados o domingos lo que será determinado de mutuo acuerdo entre ellos con dos días de anticipación a lo menos. La retirará del domicilio materno y la regresará en el mismo domicilio en el horario que determinen de mutuo acuerdo, dado la edad de la menor.
El padre también podrá visitarla durante la semana en el horario y condiciones determinados de mutuo acuerdo con la madre.
Día del Padre: El padre podrá visitarla si no le correspondiere visita, previo acuerdo con la madre respecto del horario .
Día de la Madre: Lo pasará con la madre.
Día del niño: Lo pasará con la madre y el padre en la forma que determinen de mutuo acuerdo entre ellos.
Cumpleaños de la menor: Lo pasará con la Madre, si cae entre el día lunes y viernes. Si cae sábado o domingo lo determinarán de mutuo acuerdo entre ellos.
Cumpleaños de los padres: Lo pasará con el que esté de cumpleaños en horario determinado de mutuo acuerdo entre ellos.
Navidad: La menor pasará con la madre el día 24 de Diciembre, y con el padre el día 25 quién la retirará del domicilio materno y la regresará en el horario determinado de mutuo acuerdo con la madre.
Las visitas que en este acuerdo no se han estipulado expresamente serán determinadas de común acuerdo entre los padres de la menor por expresa solicitud de ellos.
En caso de enfermedad de la menor, y para no perjudicar su estado de salud, las visitas se suspenderán hasta su mejoría, debiendo compensarse los días de visitas en que éstas no se pudieron realizar. De igual modo, si por razones justificadas, de fuerza mayor, laboral o de salud del padre, éste se viera impedido de cumplir con el régimen de visitas establecido éste se pospondrá dando previo aviso a la madre.

CUARTO: Se hace presente que el presente acuerdo ha sido alcanzado con pleno consentimiento de las partes, en forma libre y voluntaria, sin haber sido objeto de coerción alguna, comprendiendo cabalmente cada una de sus disposiciones.

Ahora si se fijan, la mediacion especifica que no es una visita sino mas bien que yo retiro a mi hija de tal hora y dejarla a tal hora, dado antes la mediacion mi ex pareja no tenia ningun problema de dejarme a mi hija llevarla a la casa de mi madre, luego que ella supo que yo estaba saliendo con otra persona ella comenzo a molestar que no me lleve a la niña y que solo la vea en la casa de los padres de ella.

Luego, tratamos de nosotros volver a la relacion viendonos la semana pasada con un psicologo de parejas, pero lamentablemente me di cuenta que lo hacia por la niña y no por ella, conversando con ella y le dije que realmente es mejor seguir separados, luego de ello ella cambio de actitud y ha comenzado a insultarme y discriminarme que segun ella lo que hice yo es un problema psicologico, que yo estoy mal y debo verme con un psiologo, me dice que soy un conchesu... un we... de mier... y por que yo cuando bebe fui adoptado me trata de washo de mier.., todo esto lo tengo grabado, cada vez que ido a visitar a la niña grabo en mp3 lo que pasas en la casa y las conversaciones, ya que una abogada me dijo que las mujeres despechadas dicen y hacen cosas para que a nosotros los padres no puedan ver a nuestros hijos, por ende tengo pruebas que indica que ella ha tratado de suicidarse, de que no dejara llevarme a la niña, de que bautizara a mi hija sin decirme donde sera no dejandome participar en el bautizo, y muchos insultos.

El dia domingo ella vendria con mi hija a la casa de mi hermano, luego de pasar esto el dia viernes me mando un mensaje SMS al celu indicando que iria ella con la niña donde mi hermano y luego le aviso a mi sobrina que la fuera a buscar.

Al ir a buscarla yo no hable con ella, pero ella me insultaba mucho cosa que no la tomaba en cuenta, luego ella me pedia abrazarla pero yo no sentia en la obligacion de hacerlo y le dije que no heria hacer algo que no queria, el papa de ella escucho y comenzo a discutir que yo andaba webeando a mi ex pareja, comenzamos a discutir y me hecharon de la casa y no me entregaron a la niña. Deje la constancia en carabineros y ella tambien fue, segun ella la agredi pegandole cusa que no es asi.

Se que en algunos casos las mujeres asi pueden hacer muchas cosas, por mi abogada me indica que me quede tranquilo y sea pasivo en estos casos para que lo que haga ella sea usado en su contra para poder tener pruebas en caso de cualquier cosa.

Mi pregunta son 4

1.- Ella nego que me llevara a mi hija siendo que la mediacion que ya es ley (me llego la resolucion que tribunales autorizo esta mediacion siendo legal) no me dejo hacerlo, ademas me trato de agredir con un lavatorio en la cabeza estando en el auto.
Deje la constancia en carabineros con respecto a no dejarme llevar a la niña siendo que antes si lo podia hacer.

2.- El departamento por la mediacion indica que ella me tiene que dejar su parte a mi nombre para poder continuar con el depto, el banco me dijo que solo no soy capaz de pagarlo o cubrir esa deuda, por ende como debo o puedo hacer para que la parte de mi ex pase a mi nombre o si podre nombrar a alguien para que sea mi aval del departamento sin tener que venderlo ya que deseo arrendarlo, pero estando a nombre de los dos no puedo arrendarlo.

El banco tambien dice que para poder tener la parte de ella del departamento se lo tengo que comprar y que el solo ceder mediante notario no sirve siendo que en la mediacion ella se comprometio para hacer todos los tramites para que el departamento quede a nombre mio.

3.- como puedo hacer para que ella me indique donde se hara el bautizo ya que a mi me interesa estar con mi hija en su bautizo.

4.- Segun ella no me pasara a mi hija sino me hago un examen psicologico, ella puede forzar solicitar esto en el juez?, y si ella con todas las pruebas que tengo podre exigirle examen psicologico

Por favor, que mas podria hacer para poder estar los fines de semana tranquilo viendo a mi guaguis donde quiera.

Atte.

Cristian



Respuesta Equipo Jurídico Papápresente.org
jueves, 30 de septiembre de 2010


Estimado Cristian:

Espero que tus dudas sean aclaradas:

1.- Si ella no te permite ver a la niña debes, necesariamente, iniciar la gestión de cumplimiento, pidiendo al Tribunal le ordene dar cumplimiento al régimen, bajo apercibimiento de multa o de otro apremio. Si desobedece la orden del Tribunal, podrías pedir que se remitan los antecedentes al Ministerio Público para que inicie investigación por eventual delito de desacato.

Si además hay violencia de su parte, puedes iniciar causa por estos hechos, ante el Ministerio Público si hay lesiones o ante el mismo Juzgado de Familia si es violencia psicológica.

2.- Respecto al departamento, no me queda claro el problema, porque dices que tú eras el único deudor, si así fuese al Banco le debería dar lo mismo, incluso, le resultaría más conveniente que sólo estuviese a tu nombre. Creo que además de compartir con ella el dominio, ella firmó como aval o codeudor solidario. Revisa este punto.

Efectivamente, en el acuerdo ella se obliga a transferirte sus derechos, pero estando hipotecado, requieres autorización del Banco para celebrar ese contrato. Si ella se niega y tú tienes la autorización del Banco, puedes exigir en el mismo Tribunal el cumplimiento del acuerdo.

La opción de conseguir un aval podría solucionar el problema, pero recuerda que es importante que el banco permita que ella te transfiera sus derechos. De esta forma quedas como propietario único y la deuda con el banco garantizada por el depto., por el aval y por ti.

Aún en las condiciones que estás actualmente puedes arrendarlo sin problemas.

3.- Respecto a las actividades de tu hija como su bautizo, lamentablemente, no hay forma en que tú puedas obligarla a informarte. El hecho de excluirte de la vida de tu hija es una conducta que los tribunales no tienen cómo controlar o evitar. Estoy de acuerdo en que es importante, necesario y beneficioso para el crecimiento de tu hija tener a su padre presente en estas actividades, pero estamos aún lejos de lograr a través de tribunales evitar la exclusión que hace la madre de tu figura en la vida de la niña. SAP.

Quizás una medida de protección podría servir, en la medida que tu exclusión implique una vulneración de los derechos de tu hija. Finalmente, quedará a criterio del juez y de la Corte.

4.- Ella no puede poner condiciones encontrándose regulado el régimen. Sólo en el contexto de un juicio de relación directa y regular o de su modificación ella podría pedir un examen de ese tipo (tú también respecto de ella) pero en tal caso será una prueba más del juicio, pero no lo determinante para que veas o no a tu hija.

Encontrándose las relaciones respecto de tu hija y entre ustedes reguladas, debes insistir con el cumplimiento en Tribunales. Puede demorar y deberás tener paciencia. Si lo haces, verás como, al final, logras mantener una relación “directa y regular” con tu hija, relación que con el tiempo puedes solicitar se amplíe para así estar siempre presente.

Fuerza y sigue adelante. No son sólo tus derechos, son los de la niña.

Ana Cuadros M.
ABOGADO


 

 

 

 

 

 

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