Mi nombre es Richard Muñoz y quiero comentarles mi caso, al leer mi caso si alguien sabe cómo proceder, sería de gran ayuda, ya que yo realmente no se qué hacer y menos como proceder.
Hace un par de meses coloque una demanda por visitas en el Juzgado de Familia que corresponde a la Comuna de Pudahuel, hace un mes y medio me llamaron a la audiencia con la Mamá de mi hijo, en ese día se fijaron los régimen de visitas. A los días siguientes fui a buscar copia del dictamen, específica claramente las visitas acordadas, como fin de semana por medio, Pascua o Año Nuevo, vacaciones de Verano etc.
Las primeras visitas todo bien, lo iba a buscar cuando correspondía, el día y la hora estipulada en el acuerdo ante el juez. Todo iba bien hasta hace poco, específicamente el 01-02-2009, desde ese día me correspondían 15 días de vacaciones de verano con mi Hijo, llegue a las 10:00 a buscar a mi Hijo y no estaba… Llame por teléfono a la Mamá y me dice que no me lo va a pasar para las vacaciones…. Como en ese momento ella no se encontraba en la casa la espere hasta las 22:30 en ese momento llega a la casa y le pido al niño para llevármelo porque me correspondían las vacaciones con él y eso lo estipulaba el dictamen del Juez….. Nuevamente dice que no me lo va a pasar y se entra a su casa, le manifieste que iría a Carabineros, a lo que me contesto que fuera no mas……
Fui a Carabineros, le comente el caso, lo único que me respondieron y que esa era la solución, es que colocara la constancia de incumplimiento de Visitas por parte de la Madre y que la presentara al Juzgado…..
Al día siguiente presente la constancia y pregunte que iba a pasar, ya que yo estaba de vacaciones y no estaba con mi hijo. En el juzgado me dijeron no podían hacer nada, que tenía que juntar tres constancias para que nos llamaran a una nueva audiencia. A la semana siguiente llame a la Mama de mi hijo y nuevamente no me quiso pasar a mi hijo.
Estimados:
Qué hago??????? Si ya hay un dictamen del Juez y no se está cumpliendo Junto las tres constancias y que va a pasar después…????
Qué pasa con los días que me correspondían ver a mi hijo, quien me va a devolver, como por ejemplo: las vacaciones que me correspondían con mi hijo……..y estos fines de semanas que correspondían de visita????
Estimados agradeceré si alguien tiene conocimiento en un caso similar que me orientara.
Richard Muñoz remunoz2501@hotmail.com
Respuesta Equipo Jurídico Papápresente.org 20 de febrero de 2009
Estimado Richard Pte.
Carabineros de Chile no está facultado para intervenir directamente en asuntos relativos al incumplimiento que las partes den al régimen de relación directa y regular (o visitas) establecido, a menos que medie orden directa y fundada del tribunal que conoce de la causa. Efectivamente y según te señaló personal de Carabineros, ante esta situación procede dejar constancia escrita en dicha institución haciendo una narración precisa de los hechos para luego ponerla en conocimiento del tribunal que dictó la resolución. Luego, corresponde al Juzgado de Familia que previamente conoció de tu causa tomar las medidas correspondientes y necesarias para el cumplimiento de resuelto.
Relativo a lo informado por personal del Tribunal de Familia de Pudahuel, no existe disposición legal alguna que indique que luego de “juntar” 3 constancias por no cumplimiento de régimen comunicacional, el tribunal pueda o deba llamar a audiencia. Al contrario, el incumplimiento del régimen de visitas, se traduce en un incumplimiento grave de una resolución judicial emanada de un Tribunal de Justicia, lo cual, según el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil configura el delito de desacato toda vez que la conducta exhibida por la madre de tu hijo demuestra una evidente y clara trasgresión a lo dispuesto mediante una resolución judicial válida y vigente.
Procede en consecuencia que, a la brevedad posible y patrocinado por un abogado de tu confianza, comuniques estos hechos ante el tribunal que dictó la resolución no cumplida, solicitando la realización de una audiencia especial en el más breve plazo posible destinada a conocer y discutir el la situación denunciada junto con la recuperación de días respectiva, tanto del período de vacaciones como por aquellos fines de semana en que fuiste privado del derecho de relación directa y regular que la ley garantiza y asegura, tanto a ti como tu hijo. Cabe señalar además que el derecho a tener una relación directa y regular entre padre e hijos es un derecho consagrado en la Convención de Derechos del Niño, y que impedirlo puede ser considerado una vulneración grave de los derechos de estos y en consecuencia se podría iniciar una medida de protección en su favor.
Esperando haber sido de utilidad para ti, se despide atentamente. Equipo Jurídico Papápresente.org |