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Pensión, Patria Potestad y Autorización de cambio de domicilio al extranjero 
 

Muy Buenas Tardes.

Mi esposo estuvo casado anteriormente. Su antigua esposa estaba embarazada y él le dio su apellido al BB, el niño tiene actualmente tiene 14 años, luego nacieron dos niñas de 12 y 10 años actualmente. Se divorciaron el 2007, ella quedo con los niños y patria potestad.
Nosotros nos casamos en noviembre del año pasado, y tenemos una BB de 3meses. El Niño vive con nosotros desde octubre del año pasado y al cumplir los 14 decidió quedarse con nosotros.
Mi esposo aún sigue depositando la misma pensión, como si estuvieran los 3 con ella.
La mamá de los niños se irá ir a vivir a USA a fin de año aprox. mi esposo ya le dió la autorización notarial para que viajen las niñitas, pero no se ha hecho ningún trámite para regularizar la pensión ni la patria potestad del niño, que aún la tiene la mamá.
Actualmente mi esposo lleva un año sin trabajo.

Las consultas son:
Además de la autorizaciñon notarial para que las niñas viajen ¿Qué otro trámite se debe hacer?

¿Qué debe hacer él para obtener la patria potestad del niño?¿ A qué juzgado de familia debe ir si viven en ciudades distintas?

¿Cómo puede él regularizar la pensión?, ya que como mencioné anteriormente sigue depositando dinero como si estuvieran los 3 con ella, y en 2 oportunidades depositó una fracción menor y ella comenzó a llamar a mi suegra para "acusar" que no se le depositaba el dinero.

Muchísimas Gracias por su ayuda.



Respuesta Equipo Jurídico
martes, 04 de septiembre de 2012


Hola:

Te contesto tus dudas.
Para viajar solo necesitan la autorización notarial y la VISA, pero
ese trámite entiendo lo haría la madre de los niños.
El Tribunal competente para regularizar el tema del niño de 14 años es
el Tribunal de Familia correspondiente al domicilio del niño. No me
queda claro si te refieres a la patria potestad o cuidado personal,
quizás sería bueno que regularizaran todo y si ella está de acuerdo lo
pueden hacer por avenimiento de manera mucho más rápida y sin gastos.
Si no hay acuerdo, sugiero que contacten un abogado para que inicie
los trámites antes que ella salga del país.
Respecto a la pensión lo que corresponde es que demande una rebaja de
la misma, dado que el niño vive con ustedes y a que además hay otra
hija.
Según lo que cuentas, quizás intentar un acuerdo antes en todas las
materias, si no prospera es necesario que cuenten con un abogado que
los guíe y represente.

Saludos.

Ana Cuadros.
ABOGADO.



Respuesta Equipo Jurídico
jueves, 06 de septiembre de 2012


Estimada, respecto del viaje se necesita la visa de turista q se tramita en la embajada de USA. Y el permiso notarial.

Respecto del niño, si hay acuerdo se puede realizar una transacción, se firma en una notaria (o en un escrito si quiere abaratar costos) y se presenta en el tribunal para su aprobación. Y la materia es cuidado personal, la patria potestad tiene que ver con la administración de los bienes del hijo. Y se somete a aprobación en cualquier tribunal al que asignen competencia. O en el que corresponde al del menor.

Sobre la pensión, también se puede acordar en el mismo acuerdo.
Si no hay acuerdo, se pide una rebaja en el tribunal correspondiente al domicilio del menor.

Espero haber ayudado con tus dudas.
Atte
Alejandra Borda S.

www.padresenconflicto.cl

 

 

 

 

 

 

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