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Hija Huerfana de Padre con papa vivo 
 

Hola
soy papa de Amanda, nacida el 31 de Mayo de 2008, su mama es Chilena.
No me case ni tuve relacion con la mama, fue una casualidad, feliz igualmente.
La reconoci en el registri civil de Santiago.
Cuando nacio, su hermana mayor vino a conocerla.
En 2002 vino a celebrar su 2º cumpleaños a España con su hermana,
sus primos, tios y abuelos y demas familia.
Yo ,español, trabajo temporalmente en Chile e invierno, pues soy profesor de esqui.
Hasta el año pasado, le pasaba la pension que la mama me pidio, 250.000 pesos.
Hasta ese año, yo podia ver a la niña en casa de los abuelos, en San Felipe, y la mama me lo pedia, sacando a la niña, cuando el clima era bueno, a pasear a la plaza o al parque o a casa de unos amigos.
Asi, pude ver a Amanda en 2011, mas de 100 dias, casi todo mayo, todo junio, 15 dias de junio, los viernes de julio, agosto y septiembre ( cuando estoy trabajando ),
las fiestas del 18, pues la madre me lo pidio , al no poder cuidarla ella y todo octubre....
El problema es cuando yo le planteo de cara a 2012, cuando Amanda cumple 4 años el 31 de Mayo, que quiero poder pasar algun fin de semana con la niña mientras estoy en Chile. La mama se niega en redondo , intento una mediacion en San Felipe y acabo en el juzgado de familia...
Mi abogado me promete un regimen de visitas normal y solo me consigue un sabado por medio cuando estoy en Chile ¿ pueden ayudarme en algo ?
Este sabado, mañana, me toca ver a Amanda y me llega correo de mi abogado que no puedo ver a Amanda pues la mama envio certificado medico de que la niña necesita reposo, ¿ no puede reposar conmigo ?
Agradecido por su ayuda de antemano
Enviado por: Secundino Jesus Garcia Orozco
Mi Correo es: secundino600@yahoo.es



Respuesta Equipo Jurídico
viernes, 29 de junio de 2012


Estimado Secundino: por lo que puedo entender, hace poquito tiempo lograste la sentencia, a mi juicio bastante escasa para las circunstancias particulares del caso, quisiera saber si apelaron esa sentencia o se conformaron con el dictamen del Tribunal de Familia.
Lamentablemente para modificar el regimen ya establecido, se deben acreditar nuevas circunstancias, lo que probablemente no ocurrira en un buen tiempo. Te recomendaría que intentes a través de tu abogado hacer presente la situación de incumplimiento al Tribunal, argumentando precisamente que si la niña está enferma, es tambien deber y derecho tuyo atenderla en dichas circunstancias, porque parte importante del desarrollo de la paternidad dice relación con el cuidado al niño en momentos en que este se siente debil o enfermo. Comparto plenamente contigo que el regimen obtenido es nefasto, ya que no permite aprovechar el poco tiempo que tu estas en Chile a tu hija (la mirada debió haberse centrado en ella... es ella la que tiene derecho a aprender y compartir con su padre el tiempo que tiene acá).
Has conversado con la madre de la niña en este tiempo, en forma posterior a la sentencia? tal vez ella pueda percatarse que el tiempo que se te asigno es demaciado breve, y que es ella la que más pierde y puedan pactar en forma particular algo que se acerque más a lo que tenías hasta el año pasado. tu abogado se comunica con ella o lo hace directamente con su abogado? seria bueno conocer esos datos.
Esperando haber podido orientarte, y quedando a tu disposicion para futuras consultas,
saluda cordialmente

Alejandra Borda S.
Abogado UC
www.padresenconflicto.cl



Respuesta Equipo Jurídico
viernes, 06 de julio de 2012


Hola:

A fin de poder darte una orientación adecuada me gustaría poder
revisar la sentencia, ya que teniendo a la vista el regimen que
solicitaste, la respuesta de ella y los argumentos del Tribunal se
podrían planificar los pasos a seguir a fin de modificar el regimen.
En cuanto a sus excusas para negarte el día con tu hija, tienes razón,
la niña puede reposar contigo y tú hacerte cargo de sus cuidados, sin
embargo, el criterio acá es dejarlos en casa y velar porque no
empeoren. Lo anterior no quiere decir que perdiste ese día, ya que
puedes solicitar a través de tu abogado la recuperación de ese tiempo.
Quedo a la espera, si es que necesitas mi opinión en relación a la sentencia.

Saludos.

Ana Cuadros M.
ABOGADO


 

 

 

 

 

 

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